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DECRETO SUPREMO No 10742 del 20 de Febrero de 1973 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Determina la obligatoriedad de entrega de bolachas de goma en venta a la Planta Laminadora de Goma SA



DECRETO SUPREMO Nº 10742
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que, el Supremo Gobierno se ha planteado la necesidad de requerir la contribución de los diferentes sectores de producción, para llevar adelante el proceso de estabilización con desarrollo;
Que, la actividad agro-industrial de la goma, debe merecer la protección del estado por cuanto existe en el país una planta laminadora y lavadora de goma, organizada como empresa mixta con asiento en la ciudad de Riberalta, proporcionando una fuente importante de trabajo para los pobladores de aquella alejada región;
Que, es deber del Supremo Gobierno precautelar las inversiones realizadas en la región y el nivel de ocupación que como consecuencia de la salida indiscriminada de goma en bolacha, la referida planta laminadora corre el riesgo de quedar paralizada con el consiguiente perjuicio para la actividad económica de la región;
Que, por estos antecedentes, corresponde reglamentar el Art. 22º del Decreto Ley Nº 10550 de 27 de octubre de 1972, para los exportadores de goma.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:


ARTÍCULO 1.- Todos los exportadores, productores y rescatadores de goma en bolacha tienen la obligación de vender su producto a la Planta Laminadora de Goma S.A. hasta cubrir sus requerimientos anuales de producción.


ARTÍCULO 2.- Se ...

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