DECRETO SUPREMO Nº 10487
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, en los últimos años, la producción de algodón en el Departamento de Santa Cruz, ha registrado un incremento significativo debido a los precios favorables en el mercado internacional;
Que, es conveniente fomentar la producción de dicha fibra vegetal con miras a la exportación de productos agrícolas no tradicionales que permitan obtener mayores ingresos de divisas;
Que, el Banco Do Brasil ha ofertado una línea de crédito de $us. 6.000.000.-al Banco Agrícola de Bolivia, destinado a la habitación de nuevas tierras, así como para cultivo de algodón;
Que, el
Decreto Supremo Nº 10137 de 3 de marzo de 1972, reglamenta el cultivo, producción y comercialización de algodón en el país;
Que, por la escasez de recursos destinados al fomento del sector agrícola, es conveniente liberar a estos financiamientos de los impuestos que gravan al capital movible.
EN CONSEJO DE MINISTROS DE ESTADO
Y CON DICTAMEN FAVORABLE DEL
CONSEJO NACIONAL DE ECONOMIA Y
PLANIFICACION,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizase al Banco Agrícola de Bolivia, la contratación de un crédito de $us. 6.000.000.-(SEIS MILLONES DE DOLARES AMERICANOS), en los términos y condiciones acordados con el Banco Do Brasil, con destino a la ...
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