DECRETO SUPREMO Nº 10020
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por
Decreto Supremo Nº 09078, de 2 de febrero de 1970, se amplió hasta el 30 de junio de 1970 el plazo para el cobro de los servicios de almacenaje a que se refieren los artículos 2º y 3º del
Decreto Supremo Nº 08968, de 27 de octubre de 1969, en favor de la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros (AADAA), por los servicios que presta al comercio importador y exportador, hasta que sea aprobado por el Supremo Gobierno el proyecto de tarifas y servicios de manipuleo y almacenamiento de carga;
Que, mientras se estudie y apruebe dicho proyecto deben adoptarse las medidas necesarias para evitar perjuicios económicos a la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros (AADAA).
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Mientras se apruebe por el Supremo Gobierno el Proyecto de Tarifas, para los servicios de manipuleo y almacenamiento de carga que presta al comercio é industria la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros (AADAA), se amplía el plazo de vigencia de los porcentajes señalados en los artículos 2º y 3º del
Decreto Supremo Nº 08968, de 27 de octubre de 1969, cuyo cobro se extiende además a los distritos de Oruro, Cochabamba y Santa Cruz y donde ...
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