DECRETO SUPREMO Nº 09078
D. G. R. Nº 144
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, por
Decreto Supremo Nº 08968 de 27 de octubre de 1969, se ha señalado el término para la aprobación del proyecto del sistema de tarifas para su aplicación en los servicios de manipuleo y almacenaje de carga, basado en los factores de valor, peso y volumen a cargo de la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros;
QUE, LA ADMINISTRACIÓN AUTÓNOMA DE ALMACENES ADUANEROS, NO HA DADO CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 5º DEL MENCIONADO DECRETO SUPREMO DEJANDO VENCER SUPERABUNDAMENTE EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DEL PROYECTO DE TARIFAS Y CONSIGUIENTEMENTE LA RATIFICACIÓN O DESESTIMIENTO DE LAS TASAS DEL 0.- 50% y 2% progresivo, debiendo ante tal incumplimiento ampliarse el plazo de presentación e imponerse las sanciones pecuniarias respectivas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Amplíase hasta el 30 de junio del presente año el plazo de vigencia de los porcentajes señalados en los Artículos 2º y 3º del
Decreto Supremo Nº 08968 de 27 de octubre de 1969, debiendo el Directorio de la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros, elevar a consideración del Ministerio de ...
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