DECRETO PRESIDENCIAL N° 5680
RODRIGO PAZ PEREIRA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que la
Constitución Política del Estado, determina que Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías.
Que el Parágrafo I del Artículo 165 del
Texto Constitucional, establece que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o Presidente del Estado, la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado y las Ministras y/o Ministros de Estado.
Que los numerales 4 y 22 del Artículo 172 de la
Constitución Política del Estado, disponen que es atribución del Presidente del Estado Plurinacional, entre otros, dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; y designar a las Ministras y a los Ministros de Estado.
Que el Parágrafo I del Artículo 27 del
Decreto Supremo N° 5675, de 13 de agosto de 2026, Organización del Órgano Ejecutivo, señala que la administración central está organizada en Ministerios, entre los que se encuentra el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Que el Parágrafo I del Artículo 107 del
Decreto Supremo N° 5675, determina que las Ministras y Ministros de Estado serán designados mediante Decreto Presidencial, de conformidad con la
Constitución Política del Estado.
Que en ...
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