DECRETO PRESIDENCIAL N° 5462
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 251 de la
Constitución Política del Estado, dispone que la Policía Boliviana como fuerza pública, tiene la misión específica de la defensa de la sociedad y la conservación del orden público y el cumplimiento de las leyes en todo el territorio boliviano; ejerciendo la función policial de manera integral, indivisible y bajo mando único, en conformidad con la Ley Orgánica de la Policía Nacional y las demás leyes del Estado.
Que el Artículo 252 del
Texto Constitucional, establece que las Fuerzas de la Policía Boliviana dependen de la Presidenta o Presidente del Estado por intermedio de la Ministra o Ministro de Gobierno.
Que el Parágrafo II del Artículo 33 de la
Ley Nº 1387, de 16 de agosto de 2021, de Carrera de Generales y de Ascensos de la Policía Boliviana, dispone que la o el Comandante General de la Policía Boliviana, será designada o designado por la Presidenta o el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, conforme lo establece el numeral 18 del Artículo 172 de la
Constitución Política del Estado.
Que el Artículo 32 de la
Ley Nº 1387, señala los cargos para el grado de generales de acuerdo a su estructura jerárquica, los ...
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