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DECRETO LEY No 7586 del 20 de Abril de 1966 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Aprobación de planos de urbanización corresponde a las Municipalidades y no a las Prefecturas.



DECRETO LEY Nº 07586
GENERAL DE EJERCITO ALFREDO
OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO


C O N S I D E R A N D O:

Que algunas Prefecturas, en vista de no existir disposiciones legales concretas, dan curso a trámites e incluso aprueban planos de Urbanización en el Radio Suburbano de las ciudades;
Que las Prefecturas de Departamento no tienen atribución para aprobar planos de loteo que interfieren el ordenamiento resultante de planos reguladores de las ciudades;
Que por Resolución Suprema No. 063003 de fecha 16-11-62 fue creada la Dirección Nacional de Arquitectura y Urbanismo, entre cuyas funciones se encuentra la aprobación de planos de loteo en centros poblados de la República que no tuvieran planos reguladores en estudio;
Que de acuerdo a Ordenanza Municipal de fecha 21 de diciembre de 1951, se fijaron los límites del radio sub-urbano de la ciudad de La Paz, dentro del cual la Municipalidad tiene tuición y control de las futuras áreas de extensión, a fin de prever su normal crecimiento.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:


ARTÍCULO 1.- Las Prefecturas de Departamento no aprobarán planos de Urbanización en ningún caso, correspondiendo dicha facultad a las Municipalidades dentro de su área de influencia, y a la Dirección Nacional de Arquitectura y Urbanismo, fuera de ...

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