DECRETO LEY Nº 07516
GENERAL DE EJERCITO ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O:
Que el
Decreto Supremo No. 04851 de 4 de febrero de 1958 que regula el uso del papel sellado y timbres, ha sido modificado por diversas disposiciones legales dificultando su correcta aplicación en perjuicio del Fisco y los contribuyentes;
Que para salvar las deficiencias anotadas es necesario dictar una nueva norma legal que simplifique y racionalice su empleo, facilitando la labor de fiscalización y recaudación con un nuevo sentido de justicia tributaria;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRET A:
CAPITULO I
DE LA SUSTITUCION DE VALORES FISCALES
ARTÍCULO 1.-
En sustitución del papel sellado de $b. 0.50, timbres de transacción, provivienda del empleado público y demás gravámenes establecidos por las disposiciones que se derogan en el artículo 17º del presente Decreto, se instituye el papel sellado del valor único $b. 1.-(un peso bolivianos) y timbres fiscales de $b. 1.-; 5.-; 10.-; 50.-; 100.-; 500.-y 1.000.-.
CAPITULO II
DEL PAPEL SELLADO
ARTÍCULO 2.-
Es obligatorio el uso del papel sellado y timbres en todas las ...
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