DECRETO LEY Nº 07132
GENERAL DE FUERZA AEREA RENE
BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante
Decreto Supremo Nº 06937, de 23 de octubre de 1964, el Supremo Gobierno dispuso que las exportaciones de café deberán efectuarse con la autorización conjunta de los Ministerios de Hacienda y Economía Nacional;
Que la referida disposición legal fue dictada a consecuencia de la escasez de café producida a fines del año pasado y con el fin de asegurar el abastecimiento normal del consumo interno;
Que habiendo desaparecido las causas por las cuales fue puesto en vigencia el Decreto No. 06937, especialmente por haberse iniciado la nueva cosecha, se hace indispensable facilitar los trámites administrativos para las exportaciones de este producto,
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se deroga el
Decreto Supremo No. 06937, de 23 de octubre de 1964.
ARTÍCULO 2.- A partir de la fecha se prohíbe la exportación de café en grano con cáscara (pergamino).
ARTÍCULO 3.- El Instituto Boliviano del Café, creado mediante Decreto Supremo número 07023, de 11 de enero de 1965, es la única entidad autorizada de expedir para cada embarque los ...
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