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DECRETO LEY No 12986 del 22 de Octubre de 1975 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Establece escala para pago de Impuestos sobre sucesiones, legados, morlis-causa y trasmisiones gratuitas de bienes y valores.



DECRETO LEY Nº 12896
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


C O N S I D E R A N D O:
Que, el sistema tributario vigente en materia sucesoria, no guarda concordancia con los nuevos principios de carácter socio-económico que deben prevalecer en el actual régimen familiar;
Que, la escala impositiva fijada por disposiciones legales anteriores a herencias y legados mortis causa, debe ser reajustada conforme a aquellos nuevos principios y al valor real de la moneda nacional.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:


ARTÍCULO 1.- El pago del impuesto sobre sucesoines, legados, mortis-causa y transmisiones gratuitas de la propiedad de bienes y valores en general, será efectuado con arreglo a la siguiente escala:
Entre ascendientes y
Descendientes en Entre Entre otros
línea directa y Entre colaterales 3º parientes y
cónyuges hermanos grado extraños

De $b. 1 hasta 20.000 5% 10% 14% 20% De $b. 20.001 hasta 30.000 6% 14% 20% 35% De $b. 30.001 hasta 40.000 8% 20% 26% 50% De $b. 40.001 hasta 50.000 9% 25% 34% 70% De $b. 50.001 adelante 10% 30% 40% 90%


ARTÍCULO 2.- El impuesto establecido en el artículo anterior, de acuerdo a la escala fijada en el mismo, se liquidará al momento de hacerse ...

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