LEY N° 1448
LEY DE 25 DE JULIO DE 2022
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. (OBJETO).
A fin de contribuir a la reconstrucción económica, facilitando el cumplimiento de obligaciones tributarias, la presente Ley tiene por objeto modificar las Leyes N° 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano y N° 843 (Texto Ordenado Vigente).
ARTÍCULO 2. (MODIFICACIONES).
I. Se modifica el numeral 1 del Artículo 156 de la
Ley N° 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, modificado por la
Ley N° 812, de 30 de junio de 2016, con el siguiente texto:
"1. El pago de la deuda tributaria después del vigésimo día de la notificación con la Vista de Cargo o Auto Inicial y hasta antes de la notificación con la Resolución Determinativa o Sancionatoria, determinará la reducción de la sanción aplicable en el ochenta por ciento (80%)."
II. Se modifica el Primer Párrafo del Artículo 157 de la
Ley N° 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, modificado por la
Ley N° 812, de 30 de junio ...
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