LEY N° 1739
LEY DE 03 DE JUNIO DE 2026
RODRIGO PAZ PEREIRA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
I. De conformidad con lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la
Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo BOL-38/2024 para el "Programa Nacional de Emergencia para la Generación de Empleo - Fase II", suscrito el 10 de mayo de 2024 entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata - FONPLATA, por un monto de hasta $us100.000.000.- (Cien Millones 00/100 Dólares Estadounidenses).
II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación - TGN, asumir el repago de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del Contrato de Préstamo BOL-38/2024, aprobado por la presente Ley.
III. El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Planificación del Desarrollo y Medio Ambiente, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, deberá informar, de manera detallada, semestralmente, de forma oral y escrita a la Asamblea Legislativa Plurinacional, adjuntando la documentación de respaldo pertinente, sobre el uso, ...
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