LEY N° 1423
LEY DE 13 DE ABRIL DE 2022
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. (OBJETO).
La presente Ley tiene por objeto modificar la
Ley N° 668, de 24 de marzo de 2015, que declara de necesidad y utilidad pública la expropiación de bienes inmuebles para la implementación del proyecto y construcción de un Estadio en el Municipio de Cercado del Departamento de Cochabamba, establecer la identificación de los predios y el procedimiento aplicable de expropiación.
ARTÍCULO 2. (MODIFICACIONES).
I. Se modifica el Artículo 1 de la
Ley N° 668, de 24 de marzo de 2015, de acuerdo al siguiente texto:
"Artículo 1. (OBJETO).
I. La presente Ley tiene por objeto, declarar de necesidad y utilidad pública la expropiación de bienes inmuebles para la construcción de la Ciudadela de la Salud en el Departamento de Cochabamba.
II. La Ciudadela de la Salud contemplará: Unidad de Radioterapia; Hospital Pediátrico Multinivel, Instituto Oncológico, Hospital Maternológico, Instituto Gastroenterológico, Instituto Cardiovascular, Edificio Departamental de Gestión y Difusión de la Salud, Plantas de Tratamiento de Desechos Hospitalarios y Aguas Residuales, Planta Generadora de Oxígeno y Parque de Hábitos ...
Hay 385 palabras restantes para leer que son aproximadamente 2 páginas ...