LEY No 1327 del 02 de Septiembre de 2020 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Aprueba los Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Regional Tupiza – Tarija de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, con los distintos Actores Productivos Mineros.
LEY Nº 1327
LEY DE 02 DE SEPTIEMBRE DE 2020
MÓNICA EVA COPA MURGA
PRESIDENTA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. (APROBACIÓN DE CUARENTA Y SIETE (47) CONTRATOS ADMINISTRATIVOS MINEROS).
I. De conformidad con lo establecido en el numeral 12 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, y el Artículo 132 de la Ley N° 535 de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, se aprueban los Contratos Administrativos Mineros suscritos por la Dirección Regional Tupiza – Tarija de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, con los distintos Actores Productivos Mineros, bajo el siguiente detalle:
1. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/0098/2018, suscrito con la Empresa Estatal: CORPORACIÓN MINERA DE BOLIVIA – COMIBOL correspondiente al área denominada THUTU, con código único 2004758, compuesta por veintidós (22) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Cotagaita de la Provincia Nor Chichas del Departamento de Potosí.
2. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/0047/2018, suscrito con la Empresa Unipersonal: HENRY ERAZO VARGAS correspondiente al área denominada LUPITA HEV_I, con código único 2002997, compuesta por catorce (14) cuadrículas, ubicadas en el Municipio de Tupiza de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.
3. Contrato Administrativo Minero AJAM/DRTP-TR/CAM/0049/2018, suscrito con la Empresa Unipersonal: EMPRESA MINERA ELVIS ...
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