LEY No 1176 del 03 de Junio de 2019 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: LEY DE DECLARATORIA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA, LA EXPROPIACIÓN DE BIENES INMUEBLES Y LA AUTORIZACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE BIENES INMUEBLES A TÍTULO GRATUITO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “TREN METROPOLITANO DE COCHABAMBA”.
LEY N° 1176 LEY DE 03 DE JUNIO DE 2019
EVO MORALES AYMA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
LEY DE DECLARATORIA DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA, LA EXPROPIACIÓN DE BIENES INMUEBLES Y LA AUTORIZACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DE BIENES INMUEBLES A TÍTULO GRATUITO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “TREN METROPOLITANO DE COCHABAMBA”
ARTÍCULO 1. (OBJETO).
Para la ejecución del Proyecto “Tren Metropolitano de Cochabamba”, la presente Ley tiene por objeto:
a) Declarar de necesidad y utilidad pública la expropiación de bienes inmuebles, identificados como necesarios y establecer el procedimiento de expropiación aplicable.
b) Autorizar la transferencia, a título gratuito, de propiedades de instituciones públicas, a favor del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.
ARTÍCULO 2. (DECLARACIÓN DE NECESIDAD Y UTILIDAD PÚBLICA).
Se declara de necesidad y utilidad pública, la expropiación de los bienes inmuebles que sean necesarios para la ejecución del Proyecto “Tren Metropolitano de Cochabamba”.
ARTÍCULO 3. (PROCEDIMIENTO DE EXPROPIACIÓN).
I. El Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, a través del Viceministerio de Transportes, tendrá a su cargo la expropiación de los bienes inmuebles identificados como necesarios para el efecto de lo referido en el Artículo ...
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