LEY N° 1140
LEY DE 21 DE DICIEMBRE DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. (OBJETO).
La presente Ley tiene por objeto modificar la
Ley N° 535 de 28 de mayo de 2014, de Minería y Metalurgia, y la
Ley N° 845 de 24 de octubre de 2016; con la finalidad de regular las relaciones entre el Estado y las cooperativas mineras.
ARTÍCULO 2. (CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE LAS COOPERATIVAS MINERAS).
La Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas – AFCOOP, ejercerá el control y fiscalización del cumplimiento del carácter y la naturaleza de las cooperativas mineras, considerando el desarrollo de sus actividades, de acuerdo a los parámetros y los procedimientos establecidos en el marco de la
Ley N° 356 de 11 de abril de 2013, “Ley General de Cooperativas”.
ARTÍCULO 3. (INFORMACIÓN REQUERIDA A LAS COOPERATIVAS MINERAS).
I. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo precedente, la información correspondiente al año fiscal minero, deberá ser presentada hasta el 31 de enero del siguiente año, por las cooperativas mineras con derecho minero, según corresponda, que deberán presentar a la AFCOOP la siguiente ...
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