LEY DE 14 DE DICIEMBRE
CÓDIGO DE SEGURIDAD SOCIAL
HERNÁN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto: El H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL H. CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
TÍTULO I
DE LA SEGURIDAD SOCIAL
CAPÍTULO I
NATURALEZA Y FINES
ARTÍCULO 1.
El Código de Seguridad Social es un conjunto de normas que tiende a proteger la salud del capital humano del país, la continuidad de sus medios de subsistencia, la aplicación de medidas adecuadas para la rehabilitación de las personas inutilizadas y la concesión de los medios necesarios para el mejoramiento de las condiciones de vida del grupo familiar.
ARTÍCULO 2.
La aplicación de las normas de seguridad social, se efectuará mediante este Código constituído por el Seguro Social Obligatorio, las Asignaciones Familiares y sus disposiciones especiales que tienen carácter obligatorio para todas las personas e instituciones comprendidas en el campo de aplicación del presente Código.
Derogado implícitamente por la Ley No 1732 del 29 de noviembre de 1996, artículo 69
ARTÍCULO 3.
El Seguro Social tiene por objeto proteger a los trabajadores y sus familiares en los casos siguientes:
(a) enfermedad;
(b) ...
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