LEY No 679 del 24 de Noviembre de 1928 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: LIBERACIÓN.- LIBÉRASE DE LODO IMPUESTO LA INTERNACIÓN DEL INSTRUMENTAL DESTINADO A LA ESCUELA NOCTURNA MUNICIPAL DE MUSICA DE CHULUMANI (LA PAZ), CONCEDIÉNDOSELE LA REBAJA DEL 50% DE FLETES.
LEY Nº. 679.
Liberación.- Libérase de lodo impuesto la internación del instrumental destinado a la escuela nocturna municipal de musica de Chulumani (La Paz), concediéndosele la rebaja del 50% de fletes.
HERNANDO SILES,
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.
Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:
EL CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTÍCULO ÚNICO.- Se libera de todo impuesto, carga o gravamen, sea de carácter nacional, departamental o municipal, sin excepción alguna, el instrumental que se importará por la Aduana de La Paz, destinado a la escuela nocturna munici-de música de Chulumani, provincia Sud Yungas. Se otorga además, el 50% de rebaja para su transporte en los
ferrocarriles.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del Congreso Nacional.
La Paz, 14 de noviembre de 1928.
Román Paz.- Constantino Carrión V.
Manuel Mogro Moreno, S. S.- Ernesto Prudencio, D. S.
Octavio O'Connor d' Arlach D. S.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los 24 días del mes de noviembre de 1928 años.
H. SILES.- A. Palacios.
ES CONFORME:
R. Parada Suárez, Oficial Mayor de Hacienda.
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