LEY No 647 del 05 de Octubre de 1984 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Créase la cuarta sección municipal de la Prov. Los Andes La Paz.
Ley Nº 647
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-
Créase la cuarta SECCIÓN municipal de la provincia Los Andes del departamento de La Paz, con capital Puerto Pérez, comprendiendo en su jurisdicción a las poblaciones Huancané, Haygachi, Cahilaya, Cutusuma, Sicuya, Surique, Patapatani, Cuyavi, Carapata, Chiarapata, Cumaná y Pajchiri.
ARTÍCULO 2º.-
Los límites de la nueva SECCIÓN son: al norte, con la provincia Omasuyos; al sur, con la provincia Ingavi, al este con el cantón Peñas y al Oeste, con el Lago Titicaca.
ARTÍCULO 3º.-
El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Art. 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los veinte días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y cuatro años.
H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Mario Rolón Anaya, Senador Secretario.- H. Guido Camacho Rodríguez, Diputado Secretario.- H. Guillermo ...
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