LEY No 402 del 02 de Julio de 1968 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Autoriza al Poder Ejecutivo para obtener crédito del Banco Interamericano de Desarrollo u otra institución para el Hotel Prefectural de Tarija.
Ley Nº 402
LUIS ADOLFO SILES SALINAS
PRESIDENTE DEL H. CONGRESO NACIONAL
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.- Autorízase al Poder Ejecutivo para obtener del Banco Interamericano de Desarrollo u otra institución internacional de financiamiento, un crédito destinado a la terminación y equipamiento del Hotel Prefectural de Tarija.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 18 de diciembre de 1987
Fdo. Hugo Bozo Alcocer, Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Ríos Gamarra, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar Ortiz Avaroma, Senador Secretario; Víctor Quinteros Rasguido, Senador Secretario; Mario Quintela, Diputado Secretario; José Calderón Llerena, Diputado Secretario.
Por tanto, de conformidad con lo prescrito por el artículo 78 de la Constitución Política del Estado, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Legislativo en la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de junio de mil novecientos sesenta y ocho años.
FDO. LUIS ADOLFO SILES SALINAS
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