LEY No 376 del 13 de Mayo de 2013 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Tiene por objeto otorgar un Reconocimiento Pecuniario a Ciudadanas y Ciudadanos que ejercieron la Presencia y Vicepresidencia Constitucional del Estado.
LEY Nº 376
LEY DE 13 DE MAYO DE 2013
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
D E C R E T A:
LEY DE RECONOCIMIENTO PECUNIARIO A EX-PRESIDENTES Y EX-VICEPRESIDENTES CONSTITUCIONALES
Artículo 1. (OBJETO).-
La presente Ley tiene por objeto otorgar un Reconocimiento Pecuniario a Ciudadanas y Ciudadanos que ejercieron la Presidencia y Vicepresidencia Constitucional del Estado.
Artículo 2. (BENEFICIARIOS).-
I. Son beneficiarios ex-Presidentes y ex-Vicepresidentes Constitucionales del Estado, en una suma equivalente a diez (10) salarios mínimos nacionales mensualmente, monto que será pagado por el Tesoro General de la Nación - TGN.
II. La o el beneficiario percibirá de por vida el beneficio concedido.
Artículo 3. (SOLICITUD).-
Para acceder al beneficio, los beneficiarios deberán presentar solicitud dirigida a la Ministra o el Ministro de Economía y Finanzas Públicas, acompañando certificación expedida por el Ministerio de la Presidencia o el Secretario General de la Vicepresidencia, según corresponda, que certifique la época del ejercicio de su mandato constitucional.
Artículo 4. (TRÁMITE Y RESOLUCIÓN).-
El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en el plazo de quince (15) días, emitirá Resolución Ministerial disponiendo el pago del reconocimiento pecuniario ...
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