Ley Nº 3750
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.-
De conformidad con lo establecido en la atribución 7a del Artículo 59° de la
Constitución Política del Estado, la Ley de Municipalidades Nº 2028, de 28 de octubre de 1999, y las Normas Básicas de Administración de Bienes y Servicios, Decreto Supremo Nº 25964 de 21 de octubre de 2000, se autoriza al Gobier no Municipal de La Paz, efectuar las siguientes transferencias, en calidad de enajena ción a título oneroso:
a) A favor de la señora Carmen Barraza Viuda de Ayllón: lote de terreno Nº 13, con una extensión superficial de 300 m2, ubicado en la manzana P3 de la Urbanización Municipal de Villa Huayna Potosí de la ciudad de El Alto; su perficie que deberá ser limitada de la partida en Libros Nº 1064, Libro ID de 1971, inscrita a nombre del Gobierno Municipal de la Ciudad de La Paz.
b) A favor del señor Manuel Cuentas Calle: la correspondiente Minuta de Transferencia de un terreno de 109.75 m2, ubicado en la Av. Nieves Linares, Villa San Isidro, Zona de Miraflores, conforme lo establece la Ordenanza Municipal Nº 142/76; superficie que deberá ser limitada a nombre del Go bierno Municipal de La ...
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