Ley Nº 3692
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.-
De conformidad con lo establecido en el artículo 59, atribución 5a, de la
Constitución Política del Estado, apruebase el Contrato de Préstamo Nº 1739/SF-BO suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desa rrollo (BID), el 23 de noviembre de 2006 en la ciudad de La Paz-Bolivia, por la suma de hasta DIEZ MILLONES 00/100 de DOLARES AMERICANOS ($us. 10.000.000.-), destinados a financiar el Programa para la Creación de un Fondo de Apoyo Empresarial: Fondo de Apoyo a las Micro y Pequeñas Empresas - FAMYPE.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes de mayo de dos mil siete años.
Fdo. Jose Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodri guez Calvo, Paulo Bravo Alencar, Filemon Aruni Gonzales, Roxana Sandoval Roman.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil siete años.
Fdo. EVO MORALES ...
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