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LEY No 3503 del 20 Octubre 2006 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Toda representación Nacional que participe en eventos deportivos de carácter nacional e internacional incorporará en su indumentaria, de manera obligatoria y de forma destacada, los colores Rojo, Amarillo y Verde de nuestros Símbolos Patrios, como expresión inequívoca de la Republica de Bolivia.


LEY Nº 3503
LEY DE 20 DE OCTUBRE DE 2006

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO 1º.-

Toda representación Nacional que participe en eventos deportivos de carácter nacional e internacional incorporará en su indumentaria, de manera obligatoria y de forma destacada, los colores Rojo, Amarillo y Verde de nuestros Símbolos Patrios, como expresión inequívoca de la República de Bolivia.

ARTICULO 2º.-

El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Salud y Deportes, queda encargado de su ejecución mediante Resolución Ministerial.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de octubre de dos mil seis años. Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de octubre de dos mil seis años.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga; Nila Heredia Miranda. ...

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