LEY No 3280 del 09 Diciembre 2005 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Tarija, la creación de un Fondo de Fomento al Desarrollo Productivo.
LEY Nº 3280
LEY DE 9 DE DICIEMBRE DE 2005
SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO 1º.-
Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Tarija, la creación de un Fondo de Fomento al Desarrollo Productivo (FFODEPRO), con capital base proveniente de las regalías que percibe este Departamento por concepto de explotación
de hidrocarburos, cuyo objeto será el de apoyar al desarrollo productivo de la región en todos sus ámbitos.
ARTICULO 2º.-
El Fondo creado funcionará como entidad financiera de segundo piso, sin afines de lucro, y estará sujeto a la reglamentación que será aprobada por el Consejo Departamental de Tarija, como asía también a las normas que rigen el
funcionamiento de este tipo de entidades financieras.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honrable Congreso Nacional, a los seis días del mes de diciembre de dos mil cinco años.
Fdo. Sandro Stéfano Giordano García, Norah Soruco de Salvatierra, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes Villa B., Norma Cardona de Jordán.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
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