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LEY No 3188 del 30 Septiembre 2005 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Declárese de alta prioridad departamental, la construcción de caminos asfaltados para el desarrollo de la región andina de Cochabamba.


LEY Nº 3188
LEY DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005

SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1º.-

Declarase de alta prioridad departamental, la construcción de caminos asfaltados para el desarrollo de la región andina de Cochabamba en las siguientes rutas:

1. Km. 101 - Tacopaya - Bolívar - Oruro.
2. Km. 85 - Arque.
3. Parotani - Tapacarí.
4. Quillacollo - Morochata - Yayani - Independencia.

Artículo 2º.-

Encomiéndese al Poder Ejecutivo a través de las instancias pertinentes, en coordinación con el Ministerio de Hacienda y la Prefectura del Departamento de Cochabamba, disponer recursos económicos para la elaboración de proyectos a diseño
final y la ejecución del asfaltado en las rutas mencionadas en el artículo 1 de la presente Ley.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil cinco años. ...

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