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LEY No 3187 del 30 Septiembre 2005 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Autorízase al Poder Ejecutivo a licitar y/o contratar la construcción y supervisión del tramo carretero Roboré -Puerto Suárez.


Ley Nº 3187

SANDRO STEFANO GIORDANO GARCIA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-

Autorízase al Poder Ejecutivo a licitar y contratar la construcción y supervisión del tramo carretero Roboré - Puerto Suárez para completar la carretera troncal Santa Cruz - Puerto Suárez, con financiamiento privado y/o de organismos financieros nacionales, multilaterales o internacionales.

ARTÍCULO 2º.-

Conforme la declaración de prioridad nacional establecida mediante Ley de la República, por ser una vía fundamental para la reactivación económica nacional, excepcionalmente los créditos para este proyecto podrán no estar sujetos a los límites de endeudamiento establecidos en el artículo 35 de la Ley Nº 2042, de Administración Presupuestaria, de 21 de diciembre de 1999.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil cinco años. ...

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