LEY Nº 235 MAMERTO URRIOLAGOITIA H.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por Cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTÍCULO ÚNICO.- Para los fines legales consiguientes, se declara funcionarios públicos, a los empleados administrativos y técnicos del Comité de Auxilio y Reconstrucción de la ciudad de Sucre, por tratarse de una entidad servida con fondos nacionales Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionles.
Sala de sesiones del H Congreso Nacional.
La Paz, 20 de diciembre de 1949.
(Fdo.) Waldo Belmonte Pool.- (Fdo.) Luis Ponce Lozada.- (Fdo.) C. López Arce, Senador Secretario. (Fdo.) E. Monasterio, Senador Secretario. (Fdo.) Guillermo Alvarez S., Diputado Secretario. (Fdo.) Pedro Montaño, Diputado Secretario.
POR TANTO: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de enero de mil novecientos cincuenta años.
(Fdo.) MAMERTO URRIOLAGOITIA. (Fdo.) Eduardo del Granado. ...
Hay -50 palabras restantes para leer que son aproximadamente -0 páginas ...