LEY del 20 de Octubre de 1942 - 3 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: IMPUESTO SUCESORIO.- EL DEL DOCTOR ZACARÍAS BENAVIDES SE DESTINA A LOS FINES INDICADOS EN ESTA LEY.
LEY DE 20 DE OCTUBRE DE 1942
IMPUESTO SUCESORIO.- El del Doctor Zacarías Benavides se destina a los fines indicados en esta ley.
MINISTERIO DE HACIENDA
ENRIQUE PEÑARANDA C.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente ley:
EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTÍCULO ÚNICO.- Destínase el total del impuesto a la sucesión del que fué Dr. Zacarías Benavides, a los siguientes fines: a) 50% para la adquisición de objetos artísticos para el Ateneo de Bellas Artes de Sucre. b) 50% para la conclusión de los trabajos del Hospital de Yotala de la provincia
Oropeza del Departamento de Chuquisaca. Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 16 de Octubre de 1942. Waldo Belmonte Pool.- D. Canelas.- Mamerto Urriolagoitia, Senador Secretario.-
F. Capriles, Senador Secretario.- Antonio Velasco A., Diputado Secretario.- Walker Humérez, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de Octubre de
mil novecientos cuarenta y dos años. GRAL. PEÑARANDA.- Alberto Crespo.
...
Hay -23 palabras restantes para leer que son aproximadamente -0 páginas ...