Ley Nº 1935
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, al Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-
(Transferencia a tituto gratuito) Autorízase la transferencia a título gratuito de conformidad con el Artículo 59, numeral 7, de la
Constitución Política del Estado, a favor del Gobierno Municipal de la ciudad de Santa Cruz, los siguientes terrenos de propiedad de Y.P.F.B. residual, ubicados en el Campo Santa Cruz:
El lote correspondiente al área llamado "EL MECHERO", con una superficie de 70.948, 08 Mts.2.
Los correspondiente al Pozo SCZ-7 con una superficie de 14.292.10 mts2.
ARTÍCULO 2º.-
(Derecho propietario) Se respeta el derecho propietario de Y.P.F.B. residual sobre una superficie de 5.322, 05 Mts2 en el lote Pozo SCZ-7, correspondiente en una franja ubicada al lado Este del terreno de 160 Mts. De largo y 33.26 Mts. De ancho.
ARTÍCULO 3º.-
(Destino) La totalidad de la superficie transferida está destinada, exclusivamente a la siguiente infraestructura:
Lote el "Mechero"
Plaza principal ciudadela "Andrés Ibáñez" (Plan 3.000)
Para uso público de acuerdo a planificación del Gobierno Municipal
Areas verdes
Lote Pozo SCZ - 7
Exclusivamente para ...
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