fbpx


Aplicación: D-Lex Bolivia Ver Normal

LEY No 193 del 20 de Noviembre de 1962 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: De conformidad con la atribución 9ª del artículo 57 de la Constitución Política del Estado, autoriza el tránsito y permanencia en el territorio nacional de delegaciones del Ejercito, Marina y Aviación de la República Argentina, por el tiempo que duren las ceremonias de inauguración del monumento erigido en la ciudad de La Paz, en homenaje al Libertador José de San Martín.


Ley Nº 193

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo Único.- De conformidad con la atribución 9º del artículo 57 de la Constitución Política del Estado, autoriza el tránsito y permanencia en el territorio nacional de delegaciones del Ejercito, Marina y Aviación de la República Argentina, por el tiempo que duren las ceremonias de inauguración del monumento erigido en la ciudad de La Paz, en homenaje al Libertador José de San Martín.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 17 de noviembre de 1962.

Fdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional; Jorge Flores Arias, Presidente de la Cámara de Diputados; Eduardo Ochoa, Senador Secretario; Octavio Rivadeneira, Senador Secretario; Stanley Gamberos, Diputado Secretario; Hugo Suárez, Diputado Secretario.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y dos años.
...

Hay -26 palabras restantes para leer que son aproximadamente -0 páginas ...

¿ Quieres ver la norma jurídica completa ?

  • check_circle30 días de acceso
  • check_circleAcceso completo a la norma
  • check_circleÍndice
  • check_circleQuick View D-Lex ©

Crea tu Oficina Virtual ahora !


Comienza GRATIS ahora !

Whatsapp



_____________ ∴ ____________

Nuestras Redes Sociales


             

© Derechoteca ™ Terms | Privacy