LEY del 18 de Diciembre de 1944 - 3 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen:
LEY DE 18 DE DICIEMBRE DE 1944
"DIA DEL TRABAJADOR MINERO BOLIVIANO".- Declárase el 21 de diciembre, en homenaje o los caídos en la masacre de Catavi en la misma fecha de 1942.
TCNL. GUALBERTO VILLARROEL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR CUANTO, LA H. CONVENCION NACIONAL HA SANCIONADO LA SIGUIENTE LEY: LA CONVENCION NACIONAL, DECRETA: ARTÍCULO LO. - Declárase "Día del Trabajador Minero Boliviano" el 21 de diciembre en homenaje y memoria de los caldos en1a masacre de Catavi, el 21 de diciembre de 1942. Artículo 2o. - Ese día se suspenderán las labores en todos los distritos mineros, debiendo los sindicatos realizar actos alusivos a la fecha. Artículo 3º. - Las empresas productoras pagarán la mita correspondiente a ese día. Artículo 4o. - La suspensión de labores comprende desde las siete de la mañana hasta las 16 y 30, debiendo los obreros volver a sus labores a partir de esa hora. Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones de la H. Convención Nacional. La Paz, 14 de diciembre de 1944.
H. Duchén. - G. Monroy Block, Convencional.Secretario. - A. Zamorano, Convencional Secretario. - C. Morales A., Convencional Secretario.
POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la dudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro ...
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