LEY Nº 1645
LEY DE 13 DE JULIO DE 1995
GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
CONVENIO CON EL GOBIERNO DEEL REINO DE SUECIA. Apruébase el suscrito en Estocolmo, el 14 de enero de 1994, para evitar la Doble imposición y la Prevención de la Evasión Fiscal.
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO ÚNICO.-
De conformidad con el Artículo 59, atribución 12ª y 96, atribución 2ª de la
Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Convenio entre el Gobierno de Bolivia y el Gobierno del Reino de Suecia para evitar la Doble Imposición y la Prevención de la Evasión Fiscal con relación a los Impuestos sobre la Renta, suscrito en Estocolmo, Sueca, el 14 de enero de 1994.
Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional.
La Paz, 4 de julio de 1995
Fdo. H. Juan Carlos Durán Saucedo, Presidente H. Senado Nacional; H. Javier Campero Paz, Presidente H. Cámara de Diputados, H. Andrés Soliz Rada, Senador Secretario; H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario; H. Edith Gutiérrez de Mantilla, Diputada Secretaria; H. Michael Meier F., Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y ...
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