LEY No 1551 del 20 Abril 1994 - 1 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Ley de Participación Popular.
LEY Nº 1551
LEY DEL 20 DE ABRIL DE 1994
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
TÍTULO I
DE LA PARTICIPACION POPULAR
CAPÍTULO I
DEL ALCANCE DE LA PARTICIPACION POPULAR
ARTÍCULO 1º.-
(Objetos).-
La presente Ley reconoce, promueve y consolida el proceso de participación popular articulando a las comunidades indígenas, campesinas y urbanas, en la vida jurídica, política y económica del país. Procura mejorar la calidad de vida de la mujer y el hombre boliviano, con una más justa distribución y mejor administración de los recursos públicos. Fortalece los instrumentos políticos y económicos necesarios para perfeccionar la democracia representativa, facilitando la participación ciudadana y garantizando la igualdad de oportunidades en los niveles de representación a mujeres y hombres.
ARTÍCULO 2º.-
(Alcance).-
Para lograr los objetivos señalados en el Art. 1º:
a. Reconoce personalidad jurídica a las Organizaciones Territoriales de Base, urbanas y rurales y las relaciona con los órganos públicos.
b. Delimita como jurisdicción territorial del Gobierno Municipal, a la Sección de Provincia.
Amplía competencias e incrementa recursos en favor de los Gobiernos Municipales, y les transfiere la infraestructura física de educación, salud, deportes, caminos vecinales, ...
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