Ley Nº 1523
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
Artículo Único.-
De conformidad con el artículo 59, atribución 5º de la
Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Cooperación Técnica Reembolsable Nº 895/SF-BO, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el día 10 de junio de 1993, por la suma de UN MILLON DE DOLARES de los Estados Unidos de América ($us. 1.000.000.oo), destinado a financiar reorganización y puesta en funcionamiento del nuevo Sistema de Aduanas y la implantación de los Sistemas de Gestión Automatizada del Comercio Exterior del País.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. H. JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUILLERMO BEDREGAL GUTIERREZ, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario.- H. Guido R, Capra Jemio, Senador Secretario.- H. Georg Prestel Kern, Diputado Secretario.- H. Eudoro Galindo Anze, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio ...
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