Ley Nº 1448
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-
Créase el cantón ANANEA en la jurisdicción de la provincia Larecaja del departamento de La Paz, comprendiendo dentro de la nueva jurisdicción a las comunidades: ANANEA, LIANA, CHIJI, MACHACAMARCA, LINARES, HUACA y LA LOMA.
ARTÍCULO 2º.-
Los límites de la nueva creación son: al Norte con el cantón Collabamba; al Sud con el cantón Tacacoma; al Este con el cantón Yani y al Oeste con la provincia Muñecas.
ARTÍCULO 3º.-
El Instituto Geográfico Militar, de conformidad con el Art. 6to del
Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos respectivos.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador Secretario.- H. Oscar Vargas Molina, Senador Secretario.- H. Walter Alarcón Rojas, Diputado Secretario.- H. Arturo Liebers ...
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