LEY del 08 de Diciembre de 1948 - 8 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: VENTA DE TERRENOS.- DECLÁRASE DE NECESIDAD Y UTILIDAD LA DE LOS DE "ITAPAYA", DE PROPIEDAD DE LAS MADRES ADORATRICES, PARA LA RECONSTRUCCIÓN DA SU CASA PRINCIPAL EN COCHABAMBA.
LEY DE 8 DE DICIEMBRE DE 1948
VENTA DE TERRENOS.- Declárase de necesidad y utilidad la de los de "Itapaya", de propiedad de las Madres Adoratrices, para la reconstrucción de su casa principal en Cochabamba.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTÍCULO ÚNICO.- Se declara de necesidad y utilidad, la venta en pública subasta, de los terrenos de "Itapaya", provincia Quillacollo, Departamento de Cochabamba, propia de las Madres Adoratrices Esclavas del Santísimo Sacramento, debiendo destinarse los fondos obtenidos, a la ampliación y reconstrucción de su casa principal, calle Ayacucho Nº 140 de la
ciudad de Cochabamba.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 2 de diciembre de 1948.
M. Urriolagoitia.- A. Landívar Ribera.- O Gutiérrez, S.S.- C. López Arce, S. S.-
A. Quezada, D. S.- D. Imaña Monterrey, D. S. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de diciembre de
mil novecientos cuarenta y ocho años.
E. HERTZOG.- Javier Paz Campero.
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