LEY No 06-12-1956 del 06 de Diciembre de 1956 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: "REPRESA MÉXICO".- COCHABAMBA.- LEY DE 6 DE DICIEMBRE DE 1956.- DETERMINASE LAS CUOTAS DE AMORTIZACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y VENTA DE SUS AGUAS.
LEY DE 6 DE DICIEMBRE
HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por Cuanto: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Determínanse las cuotas de amortización, administración y venta de aguas del Sistema Nacional de Riegos Nº 1 "Represa México" -Cochabamba, que regirán a partir de la fecha de promulgación de la presente Ley, de acuerdo a las proporciones siguientes: a) Cuota anual de amortización del costo de la obra b) Cuota fija mensual para la administración del Sistema........................................................... Bs. " 1.000.500 por " Ha. " c) Cuota por cada metro cúbico de agua servida dentro de la zona rústica catastrada......... " 1 " " d) Cuota por cada metro cúbico de agua servida dentro de la zona rústica no catastrada.... e) Cuota por cada metro cúbico dentro de la zona urbana........................................................... " " 1,20 1,50 " " " "
ARTÍCULO 2º- La recaudación, control y aplicación de les recursos se hará con sujeción al Decreto Ley de 9 de enero de 1945 y Decreto Reglamentario Nº 1264 de 8 de julio de 1948. Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 4 de diciembre de ...
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