LEY No 05-05-1928 del 05 de Mayo de 1928 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: CONTRALORÍA GENERAL.-LEY ORGÁNICA.
LEY DE 5 DE MAYO
CONTRALORÍA GENERAL.-Ley Orgánica.
HERNANDO SILES,
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.
POR CUANTO, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:
EL CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
CAPÍTULO PRIMERO
Organización de la Contraloría
ARTÍCULO 1º.-
Créase una oficina de contabilidad, estadística y contralor fiscales que se denominará «Contraloría General». Esta oficina administrativa será independiente de todos los ministerios y de las demás oficinas del Estado; pero sujeta al Presidente de la República.
ARTÍCULO 2º.-
La Contraloría estará bajo la dirección de un funcionario que tendrá el título de Contralor General, quien será nombrado por el Poder Ejecutivo a propuesta en terna del Senado. El período de su empleo será de seis años y podrá ser reelecto. Recibirá el sueldo de Bs. 24.000.- al año.
ARTÍCULO 3º.-
Las decisiones del Contralor General en todos los asuntos concernientes a contabilidad, estadística y control fiscales que se hallen dentro de su competencia, serán definitivas y concluyentes.
Será responsable ante el Congreso por sus actos propios, así como por los de sus subalternos. No será despedido ni suspendido, sino mediante juicio, por causa criminal y en virtud de una resolución de la Corte Suprema o mediante acusación, ...
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