LEY del 02 de Enero de 1919 - 3 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: SAL.- SE CREA EL IMPUESTO DE DIEZ CENTAVOS SOBRE QUINTAL DE SAL EXTRAÍDO DE LA PROVINCIA ABAROA.
LEY DE 2 DE ENERO
SAL.- Se crea el impuesto de diez centavos sobre quintal de sal extraido de la provincia Abaroa.
JOSE GUTIERREZ GUERRA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. POR CUANTO: EL CONGRESO NACIONAL HA SANCIONADO LA SIGUIENTE LEY: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTÍCULO 1º.- Créase el impuesto de diez centavos sobre quintal de sal que se extraiga de la segunda sección de la provincia Abaroa. Artículo 2º.-Este impuesto será de carácter departamental y su producto se destina,
como subvención permanente, a la Junta Municipal de Salinas de Garci-Mendoza. Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales. Sala de sesiones del Congreso Nacional.-La Paz, 23 de diciembre de 1918. ISMAEL VÁZQUEZ.-CARLOS CALVO. Atiliano Aparicio, S. S.-Octavio Limpias S., D. S.-Carlos Víctor Aramayo, D. S. POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 2 días del mes de enero de 1919
años. JOSÉ GUTIERREZ GUERRA.-Darío Gutiérrez.
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