DECRETO SUPREMO N° 5594
RODRIGO PAZ PEREIRA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que los numerales 4 y 8 del Artículo 172 de la
Constitución Política del Estado determinan que son atribuciones de la Presidenta o del Presidente del Estado, además de las que establece la Constitución y la ley, dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; y dictar decretos supremos y resoluciones.
Que el numeral 21 del Parágrafo II del Artículo 4 de la
Ley N° 465, de 19 de diciembre de 2013, del Servicio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, establece que la Ministra o Ministro de Relaciones Exteriores como autoridad competente y responsable para coordinar y ejecutar la Política Exterior del Estado Plurinacional de Bolivia, por sí o a través de las instancias previstas en la citada ley, tiene la atribución de promover las inversiones en el país, la cooperación económica, científica y técnica en beneficio del pueblo boliviano.
Que el Parágrafo I del Artículo 9 de la
Ley N° 465 dispone que las Direcciones Generales representan el nivel superior operativo o administrativo del Servicio Central y se hallan a cargo de una Directora o Director General, con rango de Embajadora o Embajador que cumple sus funciones bajo dependencia de la Ministra, Ministro, Viceministras o Viceministros, según corresponda.
Que el numeral ...
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