DECRETO SUPREMO No 4228 del 28 de Abril de 2020 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Establece medidas y procedimientos excepcionales, durante la vigencia de la emergencia sanitaria nacional, para la inhumación y/o cremación de fallecidos bolivianos y extranjeros por Coronavirus (COVID-19) en territorio nacional, a fin de mitigar su propagación.
DECRETO SUPREMO N° 4228
JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 35 de la Constitución Política del Estado, determina que el Estado, en todos sus niveles, protegerá el derecho a la salud, promoviendo políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud.
Que el Artículo 37 del Texto Constitucional, dispone que, el Estado tiene la obligación indeclinable de garantizar y sostener el derecho a la salud, que se constituye en una función suprema y primera responsabilidad financiera. Se priorizará la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades.
Que la Organización Mundial de la Salud – OMS declaró que el Coronavirus (COVID-19) se considera como pandemia mundial, por lo que, los Estados deberán asumir acciones a fin de precautelar la salud y la integridad de la población, evitando la propagación del virus.
Que el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 4179, de 12 de marzo de 2020, declara Situación de Emergencia Nacional por la presencia del brote de Coronavirus (COVID-19) y fenómenos adversos reales e inminentes provocados por amenazas: naturales, socio-naturales y antrópicas, en el territorio nacional.
Que el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 4196, de 17 de marzo de 2020, declara emergencia sanitaria nacional y cuarentena en todo el ...
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