DECRETO SUPREMO N° 3339
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 98 de la
Constitución Política del Estado, determina que la diversidad cultural constituye la base esencial del Estado Plurinacional Comunitario. La interculturalidad es el instrumento para la cohesión y la convivencia armónica y equilibrada entre todos los pueblos y naciones. La interculturalidad tendrá lugar con respeto a las diferencias y en igualdad de condiciones.
Que el Parágrafo I del Artículo 265 del
Texto Constitucional, señala que el Estado promoverá, sobre los principios de una relación justa, equitativa y con reconocimiento de las asimetrías, las relaciones de integración social, política, cultural y económica con los demás estados, naciones y pueblos del mundo y, en particular, promoverá la integración latinoamericana.
Que en conmemoración de los 50 años de la muerte de Ernesto “Che” Guevara, acaecida el 9 de octubre de 1967, después de su captura en la quebrada del Yuro por efectivos del Ejército boliviano, siendo ejecutado en la escuela de La Higuera por orden de la Agencia Central de Inteligencia – CIA y del Gobierno boliviano de entonces, presidido por el General René Barrientos Ortuño.
Que a fin de facilitar y promover las relaciones de integración social, política, cultural y económica con los demás estados, naciones y pueblos del mundo, corresponde la realización de actos ...
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