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DECRETO SUPREMO No 9333 del 13 de Agosto de 1970 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia

Resúmen: Se establece como atribución privativa de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación la de crear, suprimir, restablecer o trasladar juzgados.



DECRETO SUPREMO Nº 09333
D.G.R. Nº 400
GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que en el reordenamiento institucional emprendido por el Gobierno de la Nación se hace necesario dictar normas complementarias al Decreto-Ley de 12 de marzo del año en curso para actualizar la distribución y el número de los juzgados del país, de modo que se garantice una pronta administración de justicia, corrigiendo las deficiencias que existen por la antiguedad de las disposiciones que rigen el funcionamiento de esos órganos jurisdiccionales;
Que, al efecto es oportuno otorgar al Supremo Tribunal de Justicia de la Nación las atribuciones que le corresponden como a máxima autoridad del Poder Judicial y como consecuencia de haberse reconocido la autonomía económica de dicho Poder.

EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:


ARTÍCULO 1.- Se establece como atribución privativa de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación la de crear, suprimir, restablecer o trasladar juzgados, de acuerdo a las necesidades efectivas de cada Distrito y a las posibilidades de los recursos económicos del Tesoro Judicial.


ARTÍCULO 2.- La creación, supresión, el restablecimiento o traslado previstos en el artículo anterior, se hará de acuerdo de Sala Plena, previa la organización del respectivo proceso administrativo conforme a la Ley de 23 de septiembre de 1894 y ...

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