DECRETO SUPREMO Nº 08809
DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que en fecha 28 de abril de 1969, se firmó el contrato de préstamo Nº 148-BO entre la República de Bolivia y el International Development Association, por la suma de $us. 7.400.000.-para la ejecución del proyecto hidroeléctrico Santa Isabel y los servicios de consultoría para la Dirección Nacional de Electricidad (DINE).
Que por
Decreto Supremo Nº 08696 de 12 de Marzo del año en curso, se crea el Fondo Fiduciario de Aportes Locales con la diferencia en los plazos, intereses y comisiones de los préstamos otorgados a la República y que ésta a su vez subpreste a las entidades ejecutoras, previa determinación del Consejo Nacional de Desarrollo y Estabilización;
Que corresponde autorizar al Supremo Gobierno la suscripción del convenio subsidiario de préstamo con la Empresa Nacional de Electricidad;
Con dictámen afirmativo del Consejo Nacional de Desarrollo y Estabilización.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Ministerio de Economía Nacional, en concordancia con el
Decreto Supremo Nº 08696 de 12 de Marzo del año en curso, para que en representación de la República de Bolivia, suscriba los convenios subsidiarios de préstamo con la Empresa Nacional de Electricidad, por la suma de siete millones trescientos cuarenta mil ...
Hay 176 palabras restantes para leer que son aproximadamente 1 páginas ...