DECRETO SUPREMO No 8463 del 04 de Septiembre de 1968 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Autorízase al Ministerio de Agricultura la adquisición de 15 motocultores de la firma "MASA" con destino a los centros de ensayo regional y estaciones experimentales del Programa de Fomento Triguero
DECRETO SUPREMO Nº 08463
GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Agricultura entre sus planes de realización primordial contempla el fomento del autoabastecimiento del trigo en el país evitando en esta forma la erogación de divisas;
Que este plan vertical de fomento a la producción del trigo necesita de una mecanización que haga posible la consecución de resultados positivos a la mayor brevedad.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.-
Autorízase al Ministerio de Agricultura la adquisición de 15 motocultores de la firma "MASA" con destino a los centros de ensayo regional y estaciones experimentales del Programa de Fomento Triguero.
ARTÍCULO 2.-
Para la cancelación de dichos motocultores el Ministerio de Hacienda dispondrá de entrega al Ministerio de Agricultura por el Banco Central de Bolivia la suma de $b. 180.000.-(ciento ochenta mil pesos bolivianos), de los fondos del Programa de Fomento y Comercialización del Trigo.
Los señores Ministros de Hacienda y Agricultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y ocho años.
FDO. ...
Hay 43 palabras restantes para leer que son aproximadamente 1 páginas ...