DECRETO SUPREMO No 708 del 31 de Enero de 1947 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: LAUDO ARBITRAL.-SE DECLARA OBLIGATORIO EL PRONUNCIADO EN LA RECLAMACIÓN DE LOS TRABAJADORES DE IVICA KRSUL.
DECRETO SUPREMO Nº 708
LAUDO ARBITRAL.-Se declara obligatorio el pronunciado en la reclamación de los trabajadores de Ivica Krsul.
TOMAS MONJE GUTIERREZ PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO
CONSIDERANDO: Que la gestión iniciada con motivo del pliego de peticiones sobre aumento de salarios y sueldos y otros presentado por los trabajadores de la Empresa "Ivica F. Krsul" de Potosí, después del trámite de Ley acabó con el laudo arbitral dictado en 17 del mes en curso, obligando a la Empresa a aumentar las remuneraciones de sus empleados y obreros; Que las resoluciones tomadas por los tribunales de arbitraje sobre bases legales y de equidad deben merecer el apoyo del poder público;
EN CONSJO DE MINISTROS. DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- De acuerdo con el inciso c) del artículo 113o. de la Ley General de Trabajo e inciso b) del Decreto Reglamentario, declárase obligatorio el laudo arbitral promovido en Potosí en 17 del mes en curso, con motivo del pliego de peticiones presentado por los trabajadores de la Empresa "Ivica F. Krsul" de aquella ciudad. El señor Ministro de Estado en el Despacho de Trabajo, Salubridad y Previsión Social, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto. Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 31 días del mes ...
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