DECRETO SUPREMO No 6799 del 19 de Junio de 1964 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Establecimiento de dos clases de documentos militares y normas sobre entrega de dichos documentos a los conscriptos que han cumplido con la Ley del Servicio Militar.
DECREO SUPREMO Nº 06799
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que es necesario dictar normas sobre la entrega de documentos militares a los conscriptos que han cumplido con la Ley del Servicio Militar, o a los que hubiesen sido excensionados por disposición expresa de la misma;
Que en la práctica se han impreso variedad de documentos militares, que no guardan unidad, tales como los de Exención, Servicios Auxiliares, Dispensación, Redención, y otros que aparte de su diversidad, diferencian su color y formato dando la impresión de ausencia de unidad y orden;
Que por los antecedentes señalados, se hace necesario establecer con carácter definitivo, la diferenciación de aquellos que hayan cumplido el servicio militar, con los que hayan sido exencionados por diferentes causas que este especifica;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Se establece dos clases de documentos militares para acreditar el cumplimiento de la Ley del Servicio Militar Obligatorio:
a) Libreta de Servicio Militar; y
b) Libreta de Exención del Servicio Militar.
ARTÍCULO 2.- La Libreta de Servicio Militar, se otorgará a los conscriptos que hayan prestado el Servicio Militar, recibiendo instrucción militar,
La Libreta de Exención del Servicio Militar, ...
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