DECRETO SUPREMO No 5794 del 12 de Mayo de 1961 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Se aprueba el Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento en los términos y condiciones de su texto aprobado el 26 de enero de 1960, y se resuelve la participación de Bolivia en dicho organismo financiero internacional.
DECRETO SUPREMO Nº 05794 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que se ha constituído la Asociación Internacional de Fomento como una afiliada del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, con objeto de promover el fomento de las regiones en proceso de desarrollo del mundo, en condiciones más flexibles y menos gravosas para los Estados interesados; Que es conveniente a los intereses nacionales integrar este nuevo organismo financiero internacional, aprobado su Convenio Constitutivo y la participación de nuestro país de acuerdo a los términos y condiciones del texto aprobado el 26 de enero de 1960. EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON CARGO DE APROBACIÓN LEGISLATIVA,
DEC RE TA: ARTÍCULO 1.-Se aprueba el Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento en los términos y condiciones de su texto aprobado el 26 de enero de 1960, y se resuelve la participación de Bolivia en dicho organismo financiero internacional. ARTÍCULO 2.-Se autoriza al Embajador de Bolivia en los Estados Unidos de América para suscribir el Convenio y efectuar el correspondiente depósito del documento, y al Banco Central de Bolivia para llenar las formalidades consiguientes a objeto de hacer efectiva la incorporación de nuestro país, designándosele depositario de las disponibilidades de la Asociación, de conformidad con el Artículo VI, Sección 9 del Convenio. Los señores Ministros de Estado en sus respectivos ...
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