DECRETO SUPREMO No 5640 del 19 de Noviembre de 1960 publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia
Resúmen: Bono de antigüedad fabril. Escala porcentual.
DECRETO SUPREMO Nº 05640 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.
C O N S I D E R A N D O:
Que la Confederación General de Trabajadores Fabriles de Bolivia y la Cámara Nacional de Industrias han acordado establecer una nueva escala del bono de antigüedad, a condición de que la diferencia total del aumento no incida en los costos de producción ni en las cotizaciones obrero-patronales a la Caja Nacional de Seguridad Social. D E C R E T A: ARTÍCULO 1.-A partir de la fecha, se pone en vigencia la siguiente escala porcentual para el pago del bono de antigüedad en favor de los trabajadores fabriles: 1 año cumplido . . . 2 % 2 años cumplidos . . . 4 % 3 " " . . . 6 % 4 " " . . . 8 % 5 " " . . . 10 % 6 " " . . . 12.5 % 7 " " . . . 15 % 8 " " . . . 17 % 9 " " . . . 20 % 10 " " . . . 22.5 % 11 " " . . . 25 % 12 " " . . . 27.5 ...
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